Los Bodegueros ya tienen su propia ley :

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«Las bodegas formales cuyas ventas anuales no superan las 150 UIT, pagan servicios públicos del régimen residencial, como un estímulo a la formalización y a la sobrevivencia de este tipo de unidad básica de comercio local, que cumple con un servicio de carácter vecinal, por lo que se ubica en áreas compatibles con usos de vivienda, estando en su mayoría ubicados en parte de ella», dice el artículo 8 de la ley.

La referida norma establece además que los bodegueros que tengan más de un año de funcionamiento pueden gestionar de manera automática la licencia de funcionamiento definitivamente, exceptuándolas de los requisitos establecidos en el marco legal vigente. Tendrán seguro de salud Asimismo, las bodegas formales serán incluidas en el sistema de la seguridad social, EsSalud.

Los trabajadores y conductores de bodegas serán asegurados regulares y podrán afiliarse a cualquiera de los regímenes previsionales, siendo opción del trabajador y del conductor de la bodega su incorporación o permanencia en los mismos.

Al respecto la Sunat definirá el tratamiento tributario correspondiente, señaló el legislador Ángel Neyra, presidente de la Comisión de Producción, Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas.

Además se prevé que con su formalización y mejora de competencias podrían tener acceso al financiamiento a través de las instituciones de micro finanzas supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros.

«El Estado promueve el acceso de los bodegueros al mercado financiero, a través de las instituciones de microfinanzas supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y otros medios idóneos», agrega la norma. La ley le otorga un plazo de seis meses al Ministerio de la Producción para que elabore un reglamento y lo implemente.