Colegios privados solo deben cobrar cuota de ingreso por una única vez:

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¿Sabías que los centros educativos privados solo están autorizados a cobrar por única vez la cuota de ingreso? Esta información debes tenerla en cuenta cuando contrates los servicios educativos, así harás valer tus derechos, informó Indecopi.

Una manera fácil y didáctica de conocer todo lo relacionado con las competencias del Indecopi es a través del microprograma informativo “Ya lo sabes”, que cada martes difunde el Indecopi a través de la señal TV Perú y 7.3 de TV Perú, gracias a una alianza estratégica con el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú (IRTP).

“¡Ya lo sabes!” presenta información interesante y clara acerca de los servicios educativos privados. Por ejemplo, las instituciones educativas solo deben cobrar la cuota de ingreso, por una única vez, cuando el alumno ingrese al colegio.

La matrícula, que es un pago anual correspondiente a la inscripción del alumno, no debe ser mayor a la pensión; y la pensión mensual no deberá ser cobrada de forma adelantada.