Aprueban la expedición automática del certificado literal de partida registral

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La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprobó la expedición automática del certificado literal de partida registral, a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), siempre que el documento no cuente con más de 80 páginas.

“El certificado literal de partida registral es uno de los productos de mayor demanda por parte de la ciudadanía, por lo que su expedición automática maximizará la eficiencia del servicio, permitiendo su atención inmediata”.

El certificado literal de partida registral firmado digitalmente por la Sunarp reproduce uno o más asientos que conforman la partida registral de un bien o derecho inscrito en la Sunarp.

De acuerdo a la resolución N° 158-2021-SUNARP/SN no se podrán obtener automáticamente aquellas partidas registrales que cuentan con antecedente en tomo y ficha, así como las que obran en el Sistema Automatizado del Registro Predial (SARP). Tampoco estarán disponibles de manera inmediata las partidas del Registro de Propiedad Vehicular (RPV) y del Registro Mobiliario de Contratos (RMC), así como las partidas del Registro de Testamentos que no cuenten con asiento de ampliación, las cuales serán atendidas por el servidor responsable, con firma electrónica, código de verificación y código QR. J.Castillo

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