Zona rígida es perímetro plaza de armas de Juanjuí:

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Las unidades que se encuentren estacionados, transgrediendo lo señalado en la disposición municipal, serán internadas en el Depósito Municipal, constituyendo infracciones de tránsito tipificada con el código “G.54” en el Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado D.S N° 016-2009- MTC. Juanjuí, los vehículos menores de dos y tres ruedas motorizados y no motorizados, automóviles, camionetas y camiones y otras unidades motorizadas mayores, no podrán estacionarse en el perímetro de la plaza las 24 horas del día.

Según establece la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, es función de las Municipalidades Provinciales normar y regular el servicio público de transporte terrestre urbano e interurbano de su jurisdicción, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia; En ese sentido, el Alcalde provincial, Víctor Raúl López Escudero, solicitó la comprensión de los conductores e invitó a todos a que se sumen a la tarea de contribuir al orden de la ciudad, toda vez que esta es también tarea de todos

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