SBS: Desde el 18 de mayo podrás registrar tu solicitud para el retiro de hasta el 25% de tu fondo

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Retiro del 25% de fondos de AFP Ley No 31017 y Resolución S135 NO 1352-2020
ASOCIACIÓN DE AFP
Estimado afiliado, tras la publicación de la Ley Nº 31017, que autoriza que los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) puedan retirar hasta el 25% de sus fondos, y del procedimiento operativo establecido por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SEIS) a través de la Resolución SBS N9 1352-2020, informamos lo siguiente:

• De acuerdo al procedimiento operativo de la SBS, desde el lunes 18 de mayo de 2020, podrás registrar tu solicitud para el retiro de hasta el 25% de tu fondo de AFP en www.consultaretiroafp. pe, la misma web que se ha estado empleando para solicitar el retiro de hasta S/2,000 (D.U. 034-2020 y D.U. 038-2020).

• En los próximos días, publicaremos el cronograma para que puedas realizar tu solicitud, buscando garantizar un acceso ordenado a la plataforma de registro. • El monto al que podrás acceder, de conformidad con la normativa, es el siguiente:
Saldo del fondo Monto que se puede retirar Plazos y formas de pago Hasta S/4,300 Hasta 5/4,300 (100%) En 1 sola armada, a 10 días de presentada la solicitud. De S/4,300 a 5/17,200 S/4,300 50% en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud. De S/17,200 a 5/51,600 Hasta 25% Mayor a 5/51,600 Hasta 5/12,900 50% a los 30 días calendario del primer ciesembolso.
• Contarás con un plazo máximo de 60 días calendario para poder registrar tu solicitud de retiro, a partir de la entrada en vigencia del procedimiento operativo de la SBS (18 de mayo de 2020).

• Si ya retiraste hasta S/2,000 de tu fondo mediante el D.U. N2 034-2020 (afiliados sin aportes por 6 meses consecutivos), este monto será descontado de la nueva suma a retirar.

• Las AFP publicarán sus procedimientos para que puedan realizar el retiro los afiliados que viven en el extranjero o están físicamente imposibilitados.

• En paralelo a los retiros del 25% del fondo, las AFP continuarán atendiendo las solicitudes de retiro de hasta 5/2000, de conformidad con los grupos y plazos establecidos en el D.U. N5038- 2020 y circular 5B5 Nº AFP-173-2020. • Recuerda que los trámites de retiro son gratuitos y 100% virtuales. La Asociación de AFP trabaja para ti.

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