Publicación digital de Normas Legales tiene amparo legal

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Lima, abr. 20.-Durante el estado de emergencia adoptado por el Gobierno para mitigar el brote del coronavirus y ante la excepcionalidad de las circunstancias, entre ellas la imposibilidad de tener la versión impresa del Diario Oficial El Peruano, todas sus publicaciones digitales tienen validez y amparo legal, afirmó el expresidente del Tribunal Constitucional, Víctor García Toma.

Fue al ser consultado sobre la decisión de la Empresa Editora Perú, en concordancia con los protocolos de salud vigentes, de cerrar temporalmente la planta de impresión del Diario Oficial El Peruano, debido a que trabajadores dieron positivo en prueba del covid-19.

En el marco de esta decisión empresarial, se informó a los suscriptores que la versión impresa del diario se les hará llegar de manera oportuna cuando concluya la medida de aislamiento social vigente, dispuesta por el gobierno para mitigar los efectos del nuevo coronavirus.

En este contexto, el jurista señaló que la publicación de anexos en las páginas web de las entidades fue validada constitucionalmente, según la sentencia que resolvió la supuesta falta de publicación en el diario oficial del Convenio del Tratado de Libre Comercio (TLC) con China (STC Nº 00021-2010-AI/TC).

Agregó asimismo que la validez de la norma rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, por lo que las emisiones de normas extraordinarias, tienen la finalidad de que rijan al día de su publicación, por situaciones de vencimiento de plazo como reglamentos y normas tributarias.

No obstante, precisó que si se tratara de normas de designación o notificación, en donde no tendría esta justificación, debería publicarse en la edición regular u ordinaria.

Por su parte, el experto en derecho informático, Erick Iriarte, manifestó que las normas que se publican en la página web del diario oficial, son recibidas por medio electrónico con firma digital del funcionario encargado de remitirla, lo que otorga validez a su publicación en la versión digital.

¿Se puede cuestionar la validez legal de dicha publicación digital?, se pregunta el experto, quien a renglón seguido anota que las normas tienen validez al día siguiente de su publicación, es decir, por las circunstancias, se pasa de un modelo de publicación en papel, a una suerte de edición continua de normas y con plena validez desde su emisión hasta su publicación.Con ello, la plataforma digital del Diario Oficial El Peruano se vuelve imprescindible, concluyó.

El deber de prevención

La decisión adoptada por la empresa Editora Perú se justifica además en las normas de rango constitucional, de trabajo, de la seguridad y salud ocupacional y del estado de emergencia y de sanidad nacional.

Estas determinan que ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador.

Luego, la Ley Nº 29783, la cual refiere que en atención al principio de prevención el empleador garantiza, en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores, y de aquellos que, no teniendo vínculo laboral, prestan servicios o se encuentran dentro del ámbito del centro de labores.(FIN) DOP/JCC JRA

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