Confiep solicita poder aplicar cese colectivo

Compartir

Y sin autorización previa, en  carta al Ministerio de Trabajo

La Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep) envió hoy una carta al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) pidiéndole flexibilidades laborales ante la emergencia nacional por la pandemia del COVID-19.

“Las empresas vienen siendo afectadas económicamente al verse imposibilitadas de realizar sus operaciones, como consecuencia de las  

medidas necesarias que se han dictado para poder afrontar el COVID-19”, explica el documento.

Entre las propuestas se encuentra la postergación de la CTS de mayo, suspensión temporal del Impuesto a la renta de 5ta categoría, reducción de salarios y jornada durante la emergencia, aplicar el cese colectivo de manera automática y sin autorización previa, entre otras.

Estas son las propuestas de la Confiep:

-Compensación de horas: Ante la falta de acuerdo, solicitamos habilitar la compensación unilateral (incluidas las vacaciones) sin que la única alternativa existente sea la de trabajar más horas en días laborables después de la emergencia. Debe considerarse que hay empresas que trabajan 24/7 y no podrían recuperar horas, o sería riesgoso trabajar más horas, precisamente por temas de seguridad y salud en el trabajo.

Compensación por Tiempo de Servicios (CTS): Solicitamos que se faculte la postergación del pago de CTS de mayo, a fin de abonarla conjuntamente con el pago correspondiente en el mes de noviembre. De esta manera, el 100% de la CTS del año 2020 se pagaría en dicho mes.

-Impuesto a la Renta (IR): Solicitamos la suspensión temporal del impuesto a la renta de quinta categoría, a fin de poder entregar dicho monto a los trabajadores, toda vez que los sueldos variables de muchos trabajadores se verán afectados de forma importantes y esta medida ayudaría a mitigar el impacto negativo.

-Licencias con pago reducido: Somos de la opinión que debiera posibilitarse la reducción de las licencias con goce de haber (equivalentes al 75% de la RMV) de manera general, pero sobre todo para aquellos trabajadores cuya jornada se reduzca a menos de treinta (30) horas semanales.

-Reducción de jornadas: Consideramos que debiera emitirse una norma que expresamente admita la posibilidad de que las partes acuerden reducciones de salarios y jornada durante toda la emergencia sanitaria, sin llegar a convertir el contrato en uno a tiempo parcial.

-Suspensión perfecta de labores: Solicitamos que esta figura se pueda renovar hasta por el plazo de 180 días de manera automática, bastando para ello únicamente la comunicación tanto al trabajador, como al Ministerio.

-Grupo de riesgo: Respecto a este punto, solicitamos que una norma recoja expresamente que es posible el acuerdo de partes para compensar (incluso con vacaciones) las horas dejadas de trabajar durante la licencia sujeta a compensación (que para el grupo de riesgo es de noventa días).

– Negociación colectiva: Obligación de que en las negociaciones colectivas o arbitrajes en trámite se emita un nuevo dictamen económico financiero que tenga en cuenta el impacto de la emergencia sanitaria. – Cese colectivo: Sugerimos que las empresas puedan aplicar el cese colectivo de manera automática y sin autorización previa, bastando evitar la comunicación correspondiente a la Autoridad Administrativa de Trabajo, a fin de que se realice una evaluación posterior.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *