Votos en distrito Maquía podrían declararse nulas:

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Borrón y cuenta nueva. Luego de que se denunciara que un muerto ganó las elecciones, el Jurado Electoral Especial (JEE) de Requena pretendió omitir la solicitud de nulidad de las elecciones en el distrito de Maquía. Sin embargo, el personero legal de movimiento político regional apeló contra esta decisión la que fue aceptada sin titubeos.

Como se recuerda, el diario Ahora informó que la ONPE a través de la Oficina Descentralizada de Proceso Electoral (ODPE) de la provincia de Requena, proclamó como alcalde electo del distrito de Maquía a Jorge Teobaldo Chávez Rodríguez – candidato del partido político Restauración Nacional.

Sin embargo este virtual ganador falleció el pasado 6 de julio del año 2018, a una semana después de que se haya declarado, mediante resolución del JEE de Requena, la inscripción de los candidatos de este partido político nacional.

Según el acta de defunción emitido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), se puede evidenciar que Chávez Rodríguez, natural de La Libertad – Trujillo, falleció a las 2:30 de la tarde del 6 de julio de 2018.

Por lo expuesto, Luis Enrique Pérez Rojas – personero legal del Movimiento Integración Loretana (MIL), presentó ante el Jurado Electoral Especial de Requena, un recurso legal exigiendo se declare la nulidad del presente proceso electoral debido a que, con el ocultamiento de esa información se condujo al error al electorado por lo que, según el denunciante, se constituye un posible fraude electoral.

Mediante resolución N° 00449 – JEE – REQU/JNE el Jurado Electoral de Requena declaró improcedente la solicitud del personero legal mencionado puesto que, había presentado fuera de los plazos de ley (extemporáneo).Sin embargo, el 22 de octubre Pérez Rojas presenta su recurso de apelación contra la resolución N° 00449.

En ese sentido, el Jurado Electoral de Requena, luego de revisar los actuados y determinar que el mencionado recurso de nulidad ingresó a tiempo, mediante resolución concede el recurso de apelación contra la improcedencia de la solicitud de nulidad de elecciones, por lo que, además de formarse el respectivo cuaderno de apelaciones, la mencionada resolución será elevada al superior jerárquico.